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Licencias de conducir sin vencimiento, VTV en talleres particulares, peajes sin cabinas en todo el país y homologación automática de autos importados con certificaciones internacionales, son los puntos más salientes del anuncio publicado en el Boletín Oficial
NovedadesEl Gobierno publicó finalmente este lunes en el Boletín Oficial, el decreto 196/2025 que representa una profunda reforma de la Ley Nacional de Tránsito 24.449, tal como lo venía anunciando su ideólogo, Federico Sturzenegger, desde el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
El documento tiene varios puntos, que abarcan desde una simplificación de trámites que permitan circular en el territorio argentino a los autos importados, hasta el formato y validez de las licencias de conducir particulares. En el medio, uno de los temas de mayor interés de los propietarios de automóviles y motocicletas, la esperada apertura de las revisiones técnicas obligatorias para autos particulares y especialmente para el transporte pesado de cargas y pasajeros.
Uno de los factores comunes que aparece como determinante para que todas estas medidas lleguen a más personas radica en el hecho de estar modificando una Ley Nacional, lo que requiere que tanto provincias como municipios deban decidir adherirse a esta normativa para que tenga validez en sus respectivas jurisdicciones. Sin embargo, lo que resaltan desde el Ejecutivo es que con estas medidas lo que se está generando es el marco apropiado para que quienes quieran, puedan hacerlo.
“Esto fue como el parto de una ballena, porque las ballenas están preñadas un año, y esto nos llevó, literalmente, un año”, dijo Sturzenegger respecto a la reforma que se está introduciendo a la Ley Nacional de Tránsito nro 24.449. “Muchos de estos cambios estaban en la Ley Bases, que tenía todo un capítulo referido a la Ley de tránsito, pero esa parte después terminó quedando afuera. Entonces decidimos hacerlo reglamentariamente y esto es lo que estamos anunciando ahora”, agregó el ministro.
De los 11 puntos que se modifican uno ya se había adelantado en los últimos días de la semana pasada, y era el referido a la simplificación del trámite por el cual se pueden homologar trailers y casas rodantes, evitando las dobles certificaciones que existían hasta esta reforma. En el decreto publicado hoy, se agregan también los mismos requisitos simplificados para la importación. Todo se resolvió con la creación de un nuevo documento llamado Certificado de Seguridad Vehicular (CSV), que se podrá extender tanto para unidades fabricadas en Argentina como importadas desde otros países.
Ese certificado se emitirá contra la presentación de la documentación que garantice, para el caso de los importados, que las unidades se fabricaron bajo el amparo de certificaciones emitidos por organismos reconocidos por las Naciones Unidas conforme la reglamentación Trans-WP29-343.
El resto de las reformas aplicadas a la Ley Nacional de Tránsito son las siguientes:
Se facilita la importación de vehículos en general. Para el caso de las importaciones en serie, que hasta ahora necesitaban la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y la Licencia de Configuración Ambiental (LCA), esa documentación ya no será necesaria siempre y cuando sean vehículos que provengan de los considerados “mercados de alta vigilancia”. En ese caso, con la sola presentación de las certificaciones internacionales reconocidas, las mismas Trans-WP29-343, esos vehículos quedarán automáticamente homologados para circular por el territorio argentino.
Para el caso de los autos que no se importarán en serie, sino como operaciones particulares e individuales, se podrá gestionar el Certificado de Seguridad Vehicular (CSV) creado también para importar trailers, remolques y casas rodantes. En este caso, los requisitos se repiten en relación a la certificación internacional de parte del fabricante. El CSV lo emite la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
Se libera la importación de todo tipo de autopartes vehiculares. A partir de la publicación de este decreto ya no será exigible el Certificado de Homologación de autopartes de Seguridad (CHAS). Ese certificado requería trámites superpuestos con los de las certificaciones internacionales al solo efecto de ser admitidos en Argentina, pero además, esos trámites incluían pruebas técnicas muy costosas que, en su gran mayoría, no se hacían en el país.
Se confirma la eliminación de la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI). A partir de ahora, las licencias profesionales de conducir clases C, D y/o E, emitidas por las jurisdicciones que adhieran a las normas de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), tendrán validez para el transporte entre las distintas jurisdicciones.
Eliminar la LiNTI permite simplificar un doble trámite que se hacía por parte de los transportistas profesionales, que requería sacar dos licencias, la de su propia jurisdicción, y la que le permitía circular por todo el país con cargas y pasajeros.
Apertura de las Revisiones Técnicas Obligatorias (RTO), también llamadas Verificación Técnica Vehicular (VTV) o Inspección Técnica Vehicular (ITV) en distintas jurisdicciones. Ahora, siempre que se cumpla con los requisitos a nivel técnico y de instalaciones, se podrán registrar nuevos espacios privados donde hacer las inspecciones, que ahora podrán efectuarse en concesionarios oficiales y talleres autorizados.
Las RTO, tanto las plantas de autos particulares como las de transporte pesado, de cargas y pasajeros, no tendrán una tarifa única oficial en las jurisdicciones que adhieran a esta reforma de la Ley Nacional de Tránsito. Las RTO tendrán una certificación física como es actualmente con una oblea pero también una certificación digital en la plataforma “Mi Argentina”, del mismo modo que hoy se puede exhibir la cédula verde, la licencia de conducir o la autorización de manejo a un tercero.
Las rutas nacionales adoptarán peajes libres de cabinas y con cobro automático. Este programa tendrá un modo de aplicación progresivo que consta de tres etapas. En la primera etapa, que llegará hasta el 31 de diciembre de 2025, al menos una cabina de cada estación de peaje de las rutas nacionales tendrá que tener el sistema de cobro automático conocido como Telepase.
En una segunda etapa, que finaliza el 31 de diciembre de 2026, al menos la mitad de los peajes de todas las rutas nacionales tendrán que tener paso libre tipo “free flow”, sin cabina, y la otra mitad con cabinas pero sin barrera y con pago automático. Finalmente, el 30 de junio de 2027, todas las rutas nacionales deberán tener exclusivamente sistemas free flow.
Se adecúa la normativa para permitir la circulación de vehículos de conducción autónoma. Lo que se hace con esta incorporación es aceptar que la conducción pueda no ser realizada por un conductor humano. Si bien todavía el sistema de conducción autónoma en todo el mundo apenas está llegando a aceptar el Nivel 3 (de una escala de cinco niveles), esto sólo ocurre en muy pocos tramos de ciertas rutas en Alemania, Japón y algunos estados norteamericanos.
Adecuar la norma en Argentina, en esta etapa, sólo contempla algo que no estaba incorporado a la legislación del tránsito en la vía pública para cuando en el futuro esa tecnología sea masiva y pueda llegar a todo el mundo.
La Licencia Nacional de Conducir será digital y no tendrá vencimiento. Sólo se requerirá una renovación del estado psicofísico de los conductores, el cual podrá ser emitido sólo por profesionales de organismos públicos o privados, que estén registrados para realizar esa certificación. Desde la primera licencia, la actualización de los datos psicofísicos será necesaria a cada 5 años. Quienes tengan más de 65 años y menos de 70, deberán hacerla cada 3 años. Las personas de más de 70 años lo harán anualmente.
La licencia física continuará emitiéndose sólo como un documento optativo, pero la licencia válida será la de formato digital que se encontrará entre los documentos oficiales de la aplicación “Mi Argentina”. La actualización del estado psicofísico se hará de manera remota y digital e impactará automáticamente en la licencia de conducir digital.
También se elimina la obligación de renovación al cumplirse el primer año de la licencia de conducir inicial. Sin embargo, si en el transcurso de los dos primeros años un conductor comete infracciones graves, se puede suspender su licencia y el conductor tendrá que rendir el examen completo para recuperarla.
Dentro de la reforma que impacta en las licencias de conducir particulares y profesionales, quedará eliminada también la obligación de renovar la licencia ante un cambio de jurisdicción en el domicilio del titular.
Hasta ahora, aun cuando la licencia no hubiera vencido, si un conductor o chofer profesional cambiaba su domicilio en el Documento Nacional de Identidad, por otro en otra ciudad o provincia, debía renovar su licencia de conducir también por una de su nueva jurisdicción.
El cambio regirá dentro de los próximos 90 días, durante los cuales se emitirá una disposición explicativa para las licencias particulares que no están incluidos en el decreto publicado este martes.
El último punto está referido a importaciones de autopartes y cascos de motos. En ambos casos se establecen normas IRAM como estándares de calidad mínima en elementos de seguridad en general y en cascos de motocicletas en particular, promoviendo una circulación más segura en la vía pública.
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